CIRCULAR Nº 21/2020 COVID-19 Las autoridades sanitarias de las CCAA podrán habilitar alojamientos turísticos para uso sanitario
Hoy 24 de marzo se ha publicado en el BOE la Instrucción de 23 de marzo de 2020, del Ministerio de Sanidad, por la que se establecen criterios interpretativos para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Esta Instrucción establece que, las Autoridades Sanitarias de las comunidades autónomas en el ejercicio de las facultades que le otorga el Estado de Alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, podrán habilitar espacios para uso sanitario en los alojamientos turísticos (hoteles y alojamientos similares, alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia, campings, aparcamientos de caravanas y otros establecimientos similares, incluidos los Paradores de Turismo de España), que reúnan las condiciones necesarias para prestar atención sanitaria, ya sea en régimen de consulta o de hospitalización. Lo que permitirá que estos locales, situados en las cercanías de los centros hospitalarios, puedan ser utilizados para
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-4012
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